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News
RENTA 2019
 03

  JUN

RENTA 2019

Si todavía no has hecho la Declaración de la Renta de 2019, te informamos de las principales novedades de la Campaña, así como de las casillas que debes rellenar y de los cambios que ha habido ante el estallido del covid-19. 

Desde el 1 de abril, los contribuyentes podrán presentar su declaración del IRPF de forma telemática.

A pesar de la crisis provocada por la expansión del coronavirus, la Agencia Tributaria de momento mantiene el calendario habitual: a principios de mayo se podrá empezar a pedir cita para acudir a una oficina de Hacienda a confeccionar la declaración, mientras que el último día para presentarla es el 30 de junio.
A la espera de saber si finalmente se prolonga el calendario, lo que ya ha avanzado la Agencia Tributaria son las principales novedades que llegan en esta campaña. Por ejemplo, simplifica la forma de declarar los inmuebles, amplía el importe exento de impuestos conseguido en loterías y apuestas y exime de presentar la declaración a quienes hayan ganado menos de 14.000 euros teniendo dos pagadores o menos de 22.000 con uno solo.
 

Novedades en la gestión

Sobre los inmuebles y el domicilio fiscal

La campaña de este año simplifica la identificación del domicilio fiscal del contribuyente, que este año se realizará de forma separada al resto de la declaración. En concreto, se engloba un único apartado (relativo a bienes inmuebles) toda la información relacionada con los inmuebles de los que es titular el contribuyente. Así, se reflejará, respecto de cada inmueble, el uso o usos que dicho inmueble haya tenido durante el ejercicio.

En caso de arrendamiento, se desglosan todos los conceptos necesarios para ayudar al contribuyente a calcular del rendimiento de capital inmobiliario, particularmente de las cantidades destinadas a la amortización.

Por otro lado, solo deberán identificarse los NIF de los arrendatarios cuando se trate del alquiler de una vivienda habitual, y no cuando se trate de arrendamientos turísticos o de locales de negocio.

También llegan novedades en la captura de los inmuebles con Renta WEB, Hacienda crea un nuevo Anexo “D” de cumplimentación voluntaria, en el que los contribuyentes podrán consignar el NIF de los proveedores de determinados gastos, así como su importe. El objetivo es agilizar la tramitación de las devoluciones y reducir el número de requerimientos.
El contribuyente está obligado a pagar. La situación actual no exime del pago del IRPF, aunque sí es posible solicitar el habitual pago fraccionado, que permite dividir el desembolso en dos veces.
Las oficinas de la Agencia Tributaria están temporalmente cerradas. A partir del 5 de mayo los contribuyentes pueden pedir cita online (el día 7 de mayo empieza atención telefónica), aunque todavía no se sabe si habrá cambios o no para las citas presenciales.

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